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Un pederasta en Andalucía es beneficiado por la ley de Irene Montero

Un pederasta en Andalucía es beneficiado por la ley de Irene Montero
Estos incluían un delito continuado de abuso sexual a una menor de 13 años
porRafael Alejandro Escalona
politica

El profesor de danza fue inicialmente condenado por la Audiencia Provincial de Huelva a once años de prisión


La Ley del "solo sí es sí" impulsada por el Ministerio de Igualdad, liderado por Irene Montero, ha generado una nueva controversia en Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Ha reducido de once a siete años la condena de un profesor de danza que fue declarado culpable de abusar sexualmente de cinco menores.

Esta reducción se debe a la aplicación retroactiva de la Ley Montero. Que busca reformar la forma en que se abordan los delitos sexuales en el Código Penal español.

El profesor de danza fue inicialmente condenado por la Audiencia Provincial de Huelva a once años de prisión por una serie de delitos graves. Estos incluían un delito continuado de abuso sexual a una menor de 13 años. Otro delito de abuso sexual a una menor de 17 años, y varios delitos relacionados con la producción y tenencia de material pornográfico infantil.

Las pruebas presentadas demostraron que el acusado no solo abusó de estas menores, sino que también grabó y almacenó material pornográfico de las relaciones que mantuvo con ellas.

El TSJA ha revisado esta sentencia bajo la aplicación de la Ley Montero, que introduce cambios significativos en la legislación sobre delitos sexuales
El TSJA ha revisado esta sentencia bajo la aplicación de la Ley Montero, que introduce cambios significativos en la legislación sobre delitos sexuales

Detalles de la Sentencia Original

  • La sentencia original de la Audiencia Provincial de Huelva detallaba las condenas específicas:
  • Siete años por un delito continuado de abuso sexual.
  • Dos años por otro delito de abuso sexual.
  • Seis meses por un delito de exhibición de material pornográfico.
  • Seis meses por un delito de tenencia de pornografía infantil.
  • Un año por la elaboración de pornografía infantil.

Además de la condena de prisión, al acusado se le impuso la inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad docente durante dos años. Además de la prohibición de realizar cualquier actividad que implique contacto regular y directo con menores por veinte años. También se le ordenó indemnizar a las víctimas con un total de 28.000 euros por el daño moral causado.

 Las pruebas presentadas demostraron que el acusado no solo abusó de estas menores, sino que también grabó y almacenó material pornográfico
Las pruebas presentadas demostraron que el acusado no solo abusó de estas menores, sino que también grabó y almacenó material pornográfico

Aplicación de la Ley Montero y Reducción de Condena

El TSJA ha revisado esta sentencia bajo la aplicación de la Ley Montero, que introduce cambios significativos en la legislación sobre delitos sexuales. Esta ley se aplica retroactivamente cuando resulta más beneficiosa para el reo.

En este caso, el tribunal ha reducido la condena a siete años. Al encontrar que algunas de las conductas por las que fue condenado ya no son consideradas delito bajo la nueva legislación.

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En particular, el TSJA ha absuelto al profesor del delito de abuso sexual sobre una de las víctimas, la menor de 17 años. Debido a que la nueva ley ha despenalizado ciertos comportamientos sexuales con menores de 16 a 18 años si se producen sin violencia o intimidación. Además, la condena de siete años por el delito continuado de abuso sexual ha sido reducida a cinco años.

 

 


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