
El juzgado rechaza la orden de alejamiento solicitada por Santaolalla contra Vito Quiles
Tras examinar la documentación aportada al procedimiento, el juzgado ha decidido denegar la petición de alejamiento
El juzgado de Madrid ha rechazado la orden de alejamiento solicitada por la activista Sarah Pérez Santaolalla contra Vito Quiles.
La decisión ha sido adoptada por el Juzgado de Instrucción número 23 de Madrid dentro de las diligencias abiertas tras la denuncia. La resolución se produce después de que la activista compareciera este jueves en sede judicial para ratificar los hechos denunciados.
La comparecencia tuvo lugar en los juzgados de Plaza de Castilla, donde se tramitan las diligencias previas. El procedimiento judicial está registrado con el número 634/2026 dentro del juzgado que instruye el caso en la capital.

La magistrada Sonia Agudo Torrijos ha sido la encargada de analizar la solicitud de medidas cautelares. Tras examinar la documentación aportada al procedimiento, el juzgado ha decidido denegar la petición de alejamiento. La resolución judicial establece que no procede adoptar la medida cautelar solicitada contra el periodista.
Por este motivo, el tribunal no ha acordado imponer restricciones de comunicación ni de acercamiento entre las partes. La decisión se ha adoptado tras estudiar el contenido de la denuncia presentada por Pérez Santaolalla.
En su denuncia, la activista relataba una supuesta agresión ocurrida durante un encuentro con el reportero. Los hechos denunciados se habrían producido en el Senado.

Tras la denuncia, el caso pasó a manos del juzgado de instrucción correspondiente para su análisis. Dentro del procedimiento judicial se incorporó un informe médico-forense para evaluar la situación. Este documento fue elaborado tras la atención sanitaria recibida por la denunciante después del incidente.
El informe médico incluido en la causa señala que no se apreciaron lesiones objetivas en la exploración realizada. Según el documento, durante la evaluación clínica no se detectaron daños físicos verificables. El parte médico recoge que la paciente refería diferentes molestias en varias zonas del cuerpo.
Entre ellas se mencionaban dolor cervical, molestias en el hombro izquierdo y en otras articulaciones. No obstante, el informe aclara que la sintomatología descrita es de carácter inespecífico. Además, señala que esos síntomas no necesariamente tienen un origen traumático directo.
El documento también precisa que dichas molestias no pueden atribuirse con certeza a un único traumatismo. Estas conclusiones médicas fueron incorporadas al expediente judicial abierto en el juzgado.
Tras analizar la documentación, el tribunal ha decidido no adoptar la medida cautelar solicitada.
De esta forma, la resolución descarta la imposición de restricciones contra el periodista. El auto judicial también recoge las vías legales disponibles tras la decisión adoptada.
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