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Un hombre con camisa blanca está sentado en primer plano mientras un oficial de policía está de pie al fondo.
DEPORTES

Giro en el caso de Dani Alves: el Tribunal lo absuelve de un delito de agresión sexual

Alves había recibido una pena de cuatro años y medio de prisión

La Sala de Apelaciones del Tribunal de Justicia de Cataluña ha revocado la condena de Dani Alves por agresión sexual. Fue dictada por la Audiencia de Barcelona. Por ello, lo ha absuelto del delito por el que había recibido una pena de cuatro años y medio de prisión.

La decisión ha sido tomada por la Sala de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha revocado la sentencia. Esto al considerar que el testimonio de la denunciante "no es suficiente" para mantener la condena. Ha destacado además la necesidad de respetar la presunción de inocencia en un caso de gran impacto mediático.

Un hombre con chaqueta marrón y camisa blanca camina por una calle urbana.

Recordemos que el exfutbolista brasileño pasó varios meses en prisión preventiva tras ser acusado de agredir sexualmente a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona en 2022. Posteriormente, obtuvo la libertad provisional. Sin embargo, con restricciones como la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 1.000 metros o de comunicarse con ella durante un periodo de 9 años y 6 meses.

El Pleno de la Sección de Apelaciones estaba compuesto por las magistradas María Àngels Vivas (ponente), Roser Bach, María Jesús Manzano y Manuel Álvarez. 

Ha cuestionado la resolución emitida por el tribunal de primera instancia. Según su criterio, el fallo presenta inconsistencias, vacíos y contradicciones. Tanto en la exposición de los hechos como en su valoración jurídica y las consecuencias derivadas de la misma.

Un hombre con abrigo marrón y camisa blanca sale de un edificio de madera acompañado por otra persona.

Con esta decisión, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña rechaza los recursos interpuestos por la Fiscalía. Recordemos que solicitaba la nulidad parcial de la sentencia o, en su defecto, un aumento de la condena a nueve años de prisión.

También desestima la petición de la acusación particular, que exigía elevar la pena a 12 años. Como resultado, el tribunal absuelve al acusado, anula las medidas cautelares previamente impuestas y declara las costas procesales de oficio.

Asimismo, en la sentencia revocatoria se hace referencia a la falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante. Especialmente en aquellos aspectos que podían contrastarse con pruebas objetivas. La resolución original ya señalaba que su relato no coincidía con la evidencia en los fragmentos de los hechos captados en vídeo. 

Además de presentar discrepancias en relación con otros aspectos no grabados, como la negación de una práctica sexual que el análisis de ADN confirmó con "muy alta probabilidad".

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