Cada vez son más las señales como el vado, las de las plazas de carga y descarga y otras que hacen complicado aparcar en las ciudades. Y este es un problema al que se enfrentan miles de conductores.
El crecimiento de la población ha desembocado en que ahora existan más personas con vehículo propio. Al mismo tiempo, existen cada vez menos espacios para aparcar debido a diversas situaciones.
Por este motivo, una de las dudas más frecuentes es qué sucede cuando, al encontrar un garaje, no está el vado señalizado. En este caso, es necesario echar un vistazo a la normativa para evitar posibles multas.
La multa por aparcar en un vado señalizado
El vado siempre debe contar con la señal de vado permanente (R-308). De este modo, queda claro que no se permite aparcar. De saltársela y hacerlo, obstaculizando la entrada o salida de los vehículos, se te penalizará con una multa.
La cuantía de esta multa será de 200 euros, quedándose en 100 euros por pronto pago. Además, el propietario del vado puede avisar a la grúa, lo que encarece la recogida del vehículo.
Esta prohibición está incluida en el artículo 91.2 del Reglamento General de Circulación. En el mismo, se indica que la parada y el estacionamiento en un vado se deben realizar sin que el vehículo obstaculice la circulación.

Cuidado con el riesgo hacia otros usuarios
Además, se añade que tampoco debe constituir "un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del vehículo y evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor".







