¿Te pueden multar si aparcas delante de un garaje, aunque no haya señal de vado?
Esta es una de las dudas más frecuentes por parte de los conductores y su respuesta no siempre queda clara
Cada vez son más las señales como el vado, las de las plazas de carga y descarga y otras que hacen complicado aparcar en las ciudades. Y este es un problema al que se enfrentan miles de conductores.
El crecimiento de la población ha desembocado en que ahora existan más personas con vehículo propio. Al mismo tiempo, existen cada vez menos espacios para aparcar debido a diversas situaciones.
Por este motivo, una de las dudas más frecuentes es qué sucede cuando, al encontrar un garaje, no está el vado señalizado. En este caso, es necesario echar un vistazo a la normativa para evitar posibles multas.
La multa por aparcar en un vado señalizado
El vado siempre debe contar con la señal de vado permanente (R-308). De este modo, queda claro que no se permite aparcar. De saltársela y hacerlo, obstaculizando la entrada o salida de los vehículos, se te penalizará con una multa.
La cuantía de esta multa será de 200 euros, quedándose en 100 euros por pronto pago. Además, el propietario del vado puede avisar a la grúa, lo que encarece la recogida del vehículo.
Esta prohibición está incluida en el artículo 91.2 del Reglamento General de Circulación. En el mismo, se indica que la parada y el estacionamiento en un vado se deben realizar sin que el vehículo obstaculice la circulación.
Cuidado con el riesgo hacia otros usuarios
Además, se añade que tampoco debe constituir "un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del vehículo y evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor".
Por otro lado, cabe recordar que sí se permite parar en un vado si el tiempo no supera los dos minutos. Para hacerlo, el vehículo no puede obstaculizar el paso de otros vehículos y/o peatones.
¿Te pueden multar si el vado no está señalizado?
Sin embargo, teniendo esto claro, una de las dudas que más aparecen entre los conductores es si te pueden multar también cuando el vado no está señalizado. En este caso, la respuesta es más clara de lo que parece.
Aunque no exista una placa de vado, parar o estacionar delante de un garaje está prohibido. La razón es que, al hacerlo, se sigue obstaculizando la entrada o salida de los vehículos, como se indica en el artículo 91 del Reglamento General de Circulación.
Por ello, tanto si existe placa como si no, aparcar delante de un garaje puede acarrear 200 euros de multa. La diferencia entre las dos es que, si no hay placa de vado, no hay obligación legal de retirar el vehículo, aunque esto depende del agente de autoridad.
Por otro lado, también se puede dar el caso de encontrarse con un tramo de acera con una línea amarilla. Esta puede implicar o no la entrada a un garaje sin una placa de vado que lo señalice. En este caso, estacionar sigue estando prohibido.
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