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Un hombre con gafas y cabello rizado aparece en primer plano, mientras que en la esquina inferior izquierda hay un recuadro con otro hombre de traje y un signo de exclamación rojo.
POLÍTICA

Nuevo golpe para García Ortiz: el Supremo lo pone contra las cuerdas

El Tribunal Supremo le planta cara a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado

El Tribunal Supremo ha emitido un fallo unánime que valida la legalidad de las pruebas recabadas durante el registro del despacho  del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Esto, en el marco de la investigación por la presunta filtración de datos confidenciales relacionados con Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La decisión, adoptada por la Sala de Apelaciones, desestima los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Instituciones que buscaban anular la entrada y registro llevados a cabo en octubre del año pasado.

Un hombre con gafas y expresión pensativa se lleva la mano a la boca en un entorno formal con fondo rojo.

La resolución del alto tribunal subraya que el procedimiento fue necesario y proporcionado para  avanzar en la indagación sobre un posible delito de  revelación de secretos. Los magistrados argumentan que el registro del despacho de García Ortiz fue la única vía viable para obtener los dispositivos electrónicos clave en el caso. Descartando que la Fiscalía goce de una inmunidad especial que impida este tipo de diligencias.

En el auto subrayan lo siguiente: 

El Supremo, como instructor, tiene la autoridad legal para actuar, y la motivación del registro fue suficiente.

El caso tiene su origen en la difusión de información reservada sobre las negociaciones entre la  Fiscalía y la defensa de González Amador, investigado por delitos económicos. La controversia se desató tras la publicación de una nota informativa por parte del  Ministerio Público, ordenada por García Ortiz, que incluía detalles de correos electrónicos confidenciales.

Un hombre con traje y corbata azul camina junto a un edificio de piedra.

Aunque la Fiscalía y la Abogacía del  Estado cuestionaron la proporcionalidad de la medida y la falta de base legal explícita, el  Supremo mantuvo su postura. Y ha ratificado que la actuación del juez Ángel Hurtado estuvo justificada.

Además, el tribunal corrigió un exceso en el ámbito temporal inicialmente autorizado para la investigación,  ajustándolo a los días específicos en que se gestó la nota informativa. Esto, entre el 13 y 14 de marzo de 2024.

Este respaldo judicial fortalece la posición de la instrucción,  que sigue abierta para determinar responsabilidades en la  filtración que afectó al entorno de la presidenta madrileña. La decisión  marca un nuevo capítulo en un caso que ha generado un intenso debate sobre los límites de la actuación fiscal y la protección de datos en España.

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