
Así es la propuesta del Gobierno para callar a periodistas de investigación
El Gobierno de Pedro Sánchez se dispone a acabar con la libertad de expresión en España
Un nuevo anteproyecto de ley que regulará el secreto profesional de los periodistas ha generado debate por las implicaciones que podría tener en la protección de las fuentes informativas. Según el texto, los jueces podrán identificar a las personas que filtren información a los medios en circunstancias específicas, lo que plantea preocupaciones sobre la libertad de prensa.
La norma establece que la Justicia podrá acceder a las fuentes de los periodistas bajo dos premisas claras. La primera es cuando revelar la fuente sea el único medio para evitar un daño grave e inminente que ponga en riesgo la vida o la seguridad de las personas.
La segunda, cuando se busque prevenir un riesgo grave para la seguridad nacional o para los elementos esenciales del sistema constitucional. Estas condiciones buscan limitar las intervenciones a casos de extrema gravedad.

Para lograrlo, el anteproyecto permite el uso de medidas de “vigilancia intrusiva”. Esto incluye la posibilidad de que los jueces autoricen la instalación de programas espía en los ordenadores, sistemas informáticos de los medios de comunicación. También, en los teléfonos móviles de los periodistas.
Según El Español, estas medidas se aplicarían sin que el periodista sea consciente de que está siendo vigilado. El objetivo es identificar el nombre y apellidos de las personas que proporcionan información o documentos, permitiendo a la Justicia actuar contra los filtradores.
El texto subraya que los periodistas no serían responsables penalmente, siempre que la información publicada sea de interés público y relevancia. En este sentido, las autoridades podrían detener, juzgar y, en su caso, encarcelar a los filtradores, manteniendo al periodista al margen de las consecuencias legales.
Sin embargo, la norma también abre la puerta a que estas medidas no se limiten exclusivamente a los supuestos mencionados. El Artículo 6, apartado 1, detalla que las acciones de vigilancia estarán restringidas a delitos graves.
Estos, como los enumerados en la Declaración Marco 2002/584/JAI, siempre que impliquen penas de prisión superiores a tres años. Lo que amplía el alcance de la ley a investigaciones de crímenes como terrorismo, tráfico de drogas o blanqueo de capitales, entre otros.
El anteproyecto ha generado controversia, ya que algunos sectores consideran que podría suponer una amenaza al principio de confidencialidad de las fuentes, pilar fundamental del periodismo.
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