Los conductores tendrán que memorizar una nueva norma de la DGT: obligatorio
La Dirección General de Tráfico ha realizado una modificación importante en su normativa, que tocará aprender
Desde la Dirección General de Tráfico, conocida de forma común como DGT, siguen trabajando para mejorar cualquier normativa en materia de circulación por nuestro país. De este modo, el organismo ha añadido una nueva medida que debes conocer.
La norma, una modificación en el Reglamento General de Circulación, afectará a todos los conductores a partir del próximo 2025. Además, su objetivo es incrementar la seguridad vial a la vez que se facilita el tránsito de cualquier vehículo por las carreteras españolas.
Esta es la nueva norma de la DGT que hay que tener en cuenta
En este sentido, dentro de las nuevas normas de la DGT, destaca una modificación del artículo 31. Este se encarga de medir la forma de circular en las autovías y autopistas de nuestro país.
La medida, en este caso, se centra en cómo deben actuar los conductores cuando pasen por la vía los vehículos de emergencia. Esto es algo que hay que tener muy en cuenta para garantizar la seguridad de todos los usuarios.
El cambio introducido por la DGT, “afectará a los conductores que estén completamente detenidos o circulen muy despacio por una retención o accidente”.
Los conductores que se encuentren en esta situación se verán obligados a apartar el vehículo a la derecha o a la izquierda, según su carril, para dejar espacio suficiente en el centro de la vía. Por el mismo, circularán los vehículos de emergencia según el caso.
La nueva norma se acompaña de otra medida novedosa
Esta nueva normativa, por tanto, indica qué deben hacer los conductores que se topen mientras estén circulando con vehículos como las ambulancias o los coches de Policía o Guardia Civil, entre otros.
Sin embargo, en el artículo no se termina de especificar qué deben hacer el resto de los conductores cuando no estén detenidos. Es decir, mientras fluya el tráfico.
Por otro lado, la nueva medida queda acompañada de otra modificación. En este caso, del artículo 36.4 del Reglamento General de Circulación. En la misma se establece que los vehículos de emergencia podrán usar los arcenes si así lo necesitan.
Como dato a tener en cuenta, los pasos por los arcenes deberán hacerse con la máxima seguridad. Por ello, es necesario que lleven señales luminosas y reflectantes que alerten al resto de los usuarios.
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