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Un hombre con gafas y cabello rizado está en primer plano, mientras que en la esquina superior derecha hay un círculo con la imagen de un edificio que dice "Tribunal Supremo" y un signo de exclamación rojo, y debajo un icono de un teléfono móvil con un sobre de correo.
POLÍTICA

Varapalo del Supremo a la Fiscalía: 'no tiene inmunidad'

El Tribunal Supremo avala el registro del despacho de Álvaro García Ortiz

La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. En los que solicitaban la anulación de la entrada y registro en el despacho de Álvaro García Ortiz.

La diligencia se llevó a cabo en el marco de una investigación por presuntos delitos económicos relacionados con la filtración de datos confidenciales. Esto, sobre el polémico caso del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

Un hombre con gafas y expresión pensativa se lleva la mano a la boca en un entorno formal con fondo rojo.

El Alto Tribunal ha respaldado la decisión del juez Ángel Hurtado, argumentando que la investigación justificaba el registro. Según el auto, "el delito investigado lo permite" y la actuación judicial era "necesaria" para el esclarecimiento de los hechos.

La resolución subraya que la intervención en el despacho del fiscal general del Estado fue "el único medio posible" para localizar los dispositivos electrónicos incautados. Además, la Sala recalca que ninguna institución, incluida la Fiscalía General del Estado, goza de inmunidad frente a una investigación ordenada por el Tribunal Supremo.

El que actuó conforme a la ley y con una motivación suficiente. En este sentido, el auto concluye que el principio de proporcionalidad se ha cumplido en el proceso.

El Supremo respalda la investigación y rechaza limitar herramientas al instructor

El Tribunal Supremo ha defendido la legalidad del registro del despacho de Álvaro García Ortiz. Así, advirtiendo que cualquier restricción a la investigación supondría "renunciar a la misma" y generaría un "ámbito de impunidad".

En su resolución, los magistrados argumentan que si el Alto  Tribunal tiene la competencia para investigar a un aforado, debe contar con "los modos e instrumentos necesarios para hacerlo".

Un hombre con gafas y traje sonríe mientras está de pie junto a un coche frente a un edificio de piedra.

Según Vozpópuli, negar al juez instructor estas herramientas equivaldría a otorgar un "privilegio a los aforados". Por ello, el  Supremo considera justificada la obtención de información y avala la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida, incluyendo la intervención en el secreto de las comunicaciones. Y otros derechos afectados, que califica de "menor intensidad" en comparación con el derecho a la investigación.

Respecto a la incautación del material informático, el tribunal sostiene que no existe objeción válida. Esto, ya que los indicios de delito detectados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Supremo señalan la presunta comisión de un delito  "por medios telemáticos". En consecuencia, concluye que la única forma de esclarecer los hechos es mediante la investigación de estos mismos medios digitales.

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