El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado este jueves un importante espaldarazo a la Ley de Amnistía impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez. La corte con sede en Luxemburgo ha descartado que los aspectos de la norma examinados vulneren el principio de igualdad o afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
La sentencia abre la puerta a que la amnistía se aplique a una treintena de antiguos altos cargos de la Generalitat investigados por el Tribunal de Cuentas, entre ellos Carles Puigdemont y Oriol Junqueras. El procedimiento analiza el supuesto desvío de más de tres millones de euros para financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la promoción internacional del 'procés'.
El fallo supone un nuevo paso hacia el posible regreso de Puigdemont a España, aunque su situación penal todavía depende de las decisiones que adopten los tribunales españoles. El TJUE también avala que la norma pueda beneficiar a los doce antiguos integrantes de los Comités de Defensa de la República procesados por delitos de terrorismo en la Audiencia Nacional.

Luxemburgo descarta una discriminación
Los magistrados europeos consideran que la amnistía no vulnera los principios de igualdad de trato y no discriminación. La sentencia señala que la ley pretende favorecer la reconciliación política dentro de un conflicto concreto, vinculado al movimiento independentista catalán, por lo que sus beneficiarios no pueden compararse directamente con personas condenadas por otros hechos.
El TJUE también concluye que el Derecho comunitario no se opone a que España extinga la responsabilidad contable derivada de gastos relacionados con el desafío separatista. La razón es que el dinero investigado no procedía de la Unión Europea ni estaba destinado a su presupuesto, por lo que no existe una lesión directa de sus intereses financieros.
La resolución sí cuestiona algunos aspectos del procedimiento previsto en la ley. En concreto, pone reparos al plazo de dos meses establecido para levantar las medidas cautelares y extinguir las responsabilidades, especialmente cuando esa limitación pueda impedir a los jueces estudiar cada caso con las debidas garantías.








