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Magdalena Álvarez anulan su prevaricación
POLÍTICA

El TC 'indulta' la prevaricación de Magdalena Álvarez de los ERE de Andalucía

El Constitucional 'indulta' la prevaricación de Magdalena Álvarez en el caso de los ERE

Magdalena Álvarez está más cerca de lograr su objetivo, el indulto. El Pleno del Tribunal Constitucional ha aceptado parcialmente el recurso de amparo presentado por la exministra socialista. Todo ello contra la sentencia del caso ERE.

En dicha sentencia, Magdalena Álvarez fue condenada a nueve años de inhabilitación por prevaricación continuada. La medida que podría anular su sanción ha sido aprobada gracias a la mayoría progresista.

Aunque cuatro magistrados de orientación conservadora han emitido un voto particular. Esta decisión se produce tan solo un día después de que la corte de garantías rechazara el recurso.

Fue presentado por el exconsejero andaluz José Antonio Viera. Este fue condenado a siete años de prisión por prevaricación y malversación debido a defectos formales.

Magdalena Álvarez

Los letrados adscritos a la magistrada ponente, Inmaculada Montalbán, asumieron en su informe las tesis de la defensa de los ex presidentes de la Junta. Tanto Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y el resto de los 12 condenados por la trama de corrupción del PSOE de Andalucía.

La primera que elevó un recurso de amparo al TC contra esa sentencia fue la ex consejera de Hacienda y ex ministra Magdalena Álvarez. Es la primera a la que el tribunal de garantías dará la razón.

De esta manera corrige la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla en 2019. Fue ratificada por el Tribunal Supremo en 2022.

El pronunciamiento técnico previo de un letrado del órgano de garantías ya advirtió. Aseguró que se abría la puerta a 'desjudicializar', al más puro estilo del relato separatista catalán, la prevaricación por la que Manuel Chaves. 

Este fue condenado e inhabilitado, al igual que Griñán quien fue sentenciado a un total de 15 años de inhabilitación. Además de los seis de cárcel por la malversación que, actualmente, se encuentran en suspenso. Debido al cáncer de próstata que padece el expresidente andaluz.

Magdalena Álvarez

Ya se estimaba en parte el recurso de amparo de Álvarez. En consecuencia, declara la nulidad de la pena de nueve años de inhabilitación por haberse vulnerado su derecho fundamental a la legalidad penal.

El fallo restablece su derecho fundamental, recogido en el artículo 25 de la Constitución Española. Todo esto al instar a la Audiencia Provincial de Sevilla a que dicte un nuevo pronunciamiento con el derecho fundamental vulnerado.

El borrador de la sentencia aprecia que los tribunales sentenciadores incurrieron en una infracción del principio de legalidad penal al condenar a Magdalena Álvarez.

Todo ello por un delito continuado de prevaricación por el sistema de concesión de ayudas sociolaborales de la trama de los ERE andaluces. Se incluye en los anteproyectos de ley de Presupuestos de los años 2002, 2003 y 2004, y las modificaciones presupuestarias de octubre de 2002.

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