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Pedro Sánchez tras el Consejo Europeo
POLÍTICA

¿Qué pasaría si Sánchez dimite?

Muchos se han preguntado qué pasaría si Sánchez dimite


El día por fin ha llegado. Pedro Sánchez dará a conocer su decisión respecto a su puesto en la Moncloa. Sánchez dio señales e indicios de una posible renuncia debido a las presiones que su esposa, Begoña Gómez, se encuentra enfrentando con la justicia.

Ella está siendo investigada por un posible tráfico de influencias y corrupción, como informó este medio. Como medida inicial, Sánchez suspendió su agenda y tiene previsto anunciar sudecisión a los medio este lunes.

Sin embargo, ante esta posible decisión de que el socialista deje su puesto, muchos se han preguntado qué pasará en el caso de que esa hipótesis sea cierta.

La Constitución contempla la dimisión del líder del Ejecutivo como una posibilidad dentro de su marco normativo. En concreto, el artículo 101 de la Carta Magna aborda esta opción, así como otras circunstancias como el fallecimiento del presidente del Gobierno o la pérdida de la confianza parlamentaria. Según lo establecido en dicho artículo, "el Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria previstos en la Constitución, por dimisión, o fallecimiento de su Presidente".

Teniendo esto en cuenta, en el caso de la dimisión de Sánchez, todo el gabinete se mantendrían en su cargo pero con una diferencia notable: sería en funciones, es decir de manera plenamente temporal, mientras se lleva a cabo un proceso para designar a una persona de manera definitiva.

Pedro Sánchez en una rueda de prensa

Alternativamente, podría designar a su sucesora, la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, quien también asumiría la prerrogativa de nombrar un nuevo gabinete.

Por otro lado, muchos se han cuestionado si sería posible que Sánchez convocara elecciones, y la respuesta es no. Es importante recordar que, según lo establecido constitucionalmente, no se pueden convocar nuevas elecciones hasta que haya transcurrido un año desde la anterior convocatoria; en este caso, hasta el próximo 29 de mayo.

La Constitución deja claro que el Ejecutivo cesa tras la celebración de elecciones generales en casos de pérdida de confianza parlamentaria, según lo establecido en la ley fundamental, como puede ser mediante una moción de censura o de confianza, o por dimisión o fallecimiento de su presidente. En tales circunstancias, el gabinete saliente continuaría en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno. Este escenario ya tiene un precedente en la historia democrática española: la dimisión de Adolfo Suárez.

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