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¿Por qué el juez ha dejado en libertad a Santos Cerdán?

¿Por qué el juez ha dejado en libertad a Santos Cerdán?
Santos Cerdán vuelve a ser el protagonista
porGonzalo Pinilla
politica

Cerdán deberá cumplir medidas cautelares

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Santos Cerdán vuelve a ser el protagonista. El que fue secretario de Organización del PSOE ha quedado en libertad provisional tras la decisión del juez Leopoldo Puente del Tribunal Supremo. 

La prisión sin fianza que pesaba sobre él desde el 30 de junio había sido dictada por el riesgo de que se destruyeran pruebas. Sin embargo, el magistrado considera ahora que esa amenaza ha disminuido. 

La decisión se produce después de que se realizaran registros en varias empresas relacionadas con supuestos pagos ilegales a cambio de contratos de obra pública. Aunque queda en libertad, Cerdán deberá cumplir medidas cautelares: presentarse en el juzgado cada quince días y permanecer en España, ya que se le ha retirado el pasaporte.

Santos Cerdán se encuentra en boca de todos
Santos Cerdán se encuentra en boca de todos

"El resultado de la investigación practicada no solo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación", señala el auto.

A pesar de esto, la decisión de Puente ya está tomada. Según él, en el momento en que se dictó la prisión, existía un alto riesgo de que el investigado intentara destruir, alterar u ocultar pruebas. No obstante, tras el avance de la investigación, ese peligro se ha reducido notablemente.

"No se identifica tampoco la presencia de un riesgo cierto y acusado de fuga o posible sustracción a la acción de la justicia que, aunque nunca pueda ser descartado de forma completa o absoluta, puede en este momento tratar de conjurarse con la adopción de medidas cautelares diversas y, por descontado, menos restrictivas de la libertad personal".

La resolución señala que, para mantener la prisión preventiva, la Ley de Enjuiciamiento Criminal exige que exista un riesgo concreto: fuga, destrucción u ocultación de pruebas, o comisión de nuevos delitos.

En cuanto a esta última posibilidad, el juez considera que puede descartarse, ya que el investigado actualmente no ocupa ningún cargo público ni mantiene ninguna función de dirección dentro del partido político al que perteneció como Secretario de Organización.


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