El Tribunal Supremo ha avalado que los trabajadores interinos de la Administración que aprobaron una oposición, aunque sin conseguir plaza, puedan convertirse en empleados fijos si posteriormente encadenaron contratos temporales de forma abusiva. La decisión supone un importante respaldo para miles de empleados públicos afectados por la elevada temporalidad que arrastra desde hace años el sector público español.
La Sala de lo Social del Supremo establece, sin embargo, una diferencia entre quienes sí superaron un proceso selectivo y quienes nunca aprobaron una oposición. En este segundo caso, el tribunal considera que no procede la conversión automática en fijos y que la compensación adecuada debe ser una indemnización económica.
La resolución sigue la línea marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en distintas ocasiones ha advertido sobre el abuso de la contratación temporal dentro de las administraciones públicas españolas.
El tribunal distingue entre quienes aprobaron oposición y quienes no
Según el criterio fijado por el Supremo, los trabajadores que aprobaron un proceso selectivo ya superaron una prueba ajustada a los principios de igualdad, mérito y capacidad exigidos para acceder al empleo público. Por ello, entiende que pueden adquirir la condición de fijos si posteriormente existió abuso en la temporalidad.
En cambio, el alto tribunal rechaza aplicar esa misma solución a quienes nunca pasaron un procedimiento selectivo, al considerar que ello podría entrar en conflicto con el acceso al empleo público regulado por la Constitución y el Estatuto Básico del Empleado Público.







