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La justicia cierra la puerta penal a Mazón por la dana, pero le señala: su conducta fue "reprobable" aunque no delictiva

La justicia cierra la puerta penal a Mazón por la dana, pero le señala: su conducta fue "reprobable" aunque no delictiva
porEDATV
politica

Los cinco magistrados del Tribunal Superior concluyen por unanimidad que el expresident no ostentaba el mando de la emergencia y que los indicios contra él son mera conjetura


El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha cerrado por unanimidad la puerta penal a Carlos Mazón. Los cinco magistrados de la Sala de lo Civil y Penal han rechazado investigar al expresident por su actuación durante la dana del 29 de octubre de 2024. No ven delito. La causa, no obstante, sigue abierta en el Tribunal de Instancia de Catarroja.

La decisión, contenida en un auto de 70 páginas, responde a la petición de la jueza instructora de Catarroja, que el 24 de febrero solicitó al TSJCV que asumiera la investigación al ser Mazón aforado como diputado en Les Corts. El tribunal lo rechaza y le devuelve el expediente con una instrucción clara: debe seguir adelante con libertad de criterio.

El argumento central es jurídico. La ley autonómica no atribuye al presidente de la Generalitat un deber específico de actuar en emergencias. Ese mando corresponde al titular de la Conselleria competente. Como Mazón nunca declaró la situación de emergencia catastrófica, tampoco asumió formalmente ese mando. Sin obligación legal específica, no hay delito de homicidio imprudente por omisión.

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Sobre la famosa comida en un restaurante mientras el agua arrasaba pueblos enteros, el tribunal es escueto: poco puede decirse desde el Código Penal. Mucho, admiten los magistrados, desde otras perspectivas. Pero no es su función juzgar la moral de un aforado, sino sus actos ante la ley.

Lo mismo ocurre con el Es Alert. La instructora sostenía que si Mazón participó en el envío de la alerta, su conducta dejaba de ser omisiva para convertirse en activa. El tribunal lo descarta. Los mensajes internos de su jefe de gabinete y la cercanía entre ambos no constituyen indicios sólidos. Son, a juicio de los cinco magistrados, mera conjetura.

La resolución no afecta a la exconsellera Salomé Pradas ni a su exnúmero dos, Emilio Argüeso. Ambos siguen investigados en Catarroja.

El auto deja, eso sí, una advertencia que no conviene ignorar. El tribunal no absuelve a Mazón ante la sociedad: su conducta fue "reprobable", lo dice con esa palabra exacta. La justicia penal tiene sus propios límites y dentro de ellos ha actuado con rigor. Pero la causa no muere aquí. La investigación continúa en Catarroja, Pradas y Argüeso siguen en el punto de mira, y la jueza instructora, a la que los magistrados elogian expresamente por su "esfuerzo y laboriosidad", tiene aún mucho trabajo por delante. El archivo de la causa contra Mazón es un punto y seguido, no un punto final.


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