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Una composición visual que muestra a varias personas junto a una balanza de justicia y un agente de la Guardia Civil.
POLÍTICA

Golpe duro a García Ortiz: la nueva advertencia del Supremo que lo acorrala

El fiscal general podría enfrentar una condena importante tras el juicio

El Tribunal Supremo ha  confirmado este martes el procesamiento del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Esto, por un presunto delito de revelación de secretos en el caso relacionado con el novio de Isabel Díaz Ayuso.

Los magistrados Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres han advertido que la presunta "destrucción de pruebas" por parte de  García Ortiz podría ser clave para fundamentar una condena. Esta decisión sitúa a la Fiscalía General ante una crisis histórica y lleva al fiscal al banquillo de los acusados.

La resolución del Supremo señala que la Guardia Civil encontró indicios claros de que García Ortiz borró mensajes de WhatsApp el mismo día que el tribunal abrió causa contra él.

Además, cambió de teléfono móvil y reseteó el que había usado hasta ese momento, eliminando también información de su correo electrónico. El fiscal general ha defendido que la desaparición de estos datos no fue intencionada ni estuvo relacionada con la investigación.

Sin embargo, los magistrados consideran este argumento  "llamativo" y critican que el borrado tuvo como objetivo "ocultar información ante una posible investigación".

Un hombre con gafas y vestimenta formal sostiene un objeto en sus manos mientras está de pie frente a una cortina roja.

El Supremo ha archivado la causa contra la otra procesada, la fiscal  Pilar Rodríguez, quien renunció a la defensa de la  Abogacía del Estado en mayo. Además, afirmó no estar implicada en el borrado de mensajes.

García Ortiz, por su parte, decidió mantener a la Abogacía como defensa y ha intentado justificar sus acciones sin éxito. Los magistrados destacan que la destrucción intencionada de pruebas es un "potente contra indicio" utilizado habitualmente por los tribunales para fundamentar condenas.

En su resolución, el Supremo cita una sentencia del Tribunal Constitucional de 2000 y otra del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 1996. Ambas establecen que, en ciertos casos, el silencio de un acusado o la omisión de explicaciones pueden reforzar las pruebas existentes.

En el caso de García Ortiz, los magistrados van más allá y subrayan que la destrucción activa de pruebas agrava su situación. "Quien elimina información no puede quejarse de que ahora tiene limitada su defensa", sentencia el tribunal.

Esta decisión marca un punto de inflexión en la carrera de García Ortiz y pone en jaque la credibilidad de la Fiscalía General. El caso, que ha generado gran expectación,  seguirá su curso judicial en un contexto de máxima tensión política y social.

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