El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al PSOE. Lo ha hecho tras desestimar el recurso presentado contra la sentencia que autorizaba el rezo del Rosario cerca de su sede en la calle Ferraz. Concretamente, los días 8 y 9 de junio, coincidiendo con la jornada de reflexión y las elecciones europeas.
Además, la condena, establece un pago de 300 euros, también rechaza la recusación de la magistrada Guillermina Yanguas Montero. Quien fue la ponente en el caso.
Es decir, la condena es, por tanto, en costas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

La controversia surgió cuando el PSOE presentó un incidente de nulidad solicitando la anulación cautelar de la sentencia. Que permitía los rezos durante la jornada electoral. Argumentaron que se trataba de un acto político que requería su participación en el proceso.
Sin embargo, el TSJM respaldó los rezos, considerando que no había motivos para prohibirlos. Y que no se puede censurar "toda reunión o manifestación por el simple hecho de coincidir con la jornada de reflexión o con el día de las elecciones.
El PSOE también interpuso un recurso solicitando la recusación de la magistrada Yanguas Montero. Pero el tribunal lo rechazó, ratificando la legitimidad de su actuación y condenando al partido a pagar las costas del proceso.








