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Una mujer con gafas azules y los ojos cerrados, con una expresión facial de incomodidad o tristeza, sobre un fondo difuminado en tonos rojos y blancos.
POLÍTICA

La decisión del juez respecto a Mónica Oltra por los abusos de su exmarido

El auto confirmaba el procesamiento de la exvicepresidenta de la Generalitat y exconsellera de Políticas Inclusivas

Mónica Oltra ya tiene el futuro escrito. El pasado jueves, el titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia dictó un auto. En él, que confirmaba el procesamiento de la exvicepresidenta de la Generalitat y exconsellera de Políticas Inclusivas, Mónica Oltra. 

La sentencia también salpicó a otros ex altos cargos de ese departamento, por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor tutelada. Recordemos que tales actos fueron realizados por parte del exmarido de Oltra, quien era educador social.

En el informe del ministerio fiscal, se señalaba que todos los procesados habían sido investigados. Investigación llevada a cabo por su participación en los dos episodios en los que la Audiencia había encontrado indicios de criminalidad. Según esta argumentación, lo solicitado por los recurrentes, que era la repetición de un sobreseimiento ya acordado y posteriormente revocado, resultaba imposible desde el punto de vista procesal.

Una mujer con gafas y cabello rizado, vestida con una blusa blanca y un blazer oscuro, sonríe mientras camina junto a un hombre con barba y traje.

Según la Fiscalía, esta situación colocaba al juez instructor en una posición de obstinación. Frente a la autoridad con la potestad legal de revisar sus decisiones. 

Es decir, "habiendo ordenado la Audiencia la 'adecuación del procedimiento a los trámites del procedimiento abreviado' sin ninguna restricción subjetiva, el auto está plenamente ajustado a dicho mandato", reza el texto. Por tanto, también "al momento procesal en el que quedó la causa".

El juez destacó en el auto que no podía hacer otra cosa más que acoger el razonamiento expuesto. Esto para desestimar los recursos de reforma presentados por cinco de los ex altos cargos contra la decisión del 21 de junio, en la que acordó el procesamiento de todos ellos.

En esa resolución, el magistrado instructor transformó las diligencias previas en un procedimiento abreviado "por imperativo legal". Esto en cumplimiento del auto de la Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia, que ordenó reabrir la causa contra la exvicepresidenta. También contra sus ex altos cargos.

La joven, que fue víctima de los abusos sexuales del exmarido mientras era menor de edad y estaba bajo la tutela de la Generalitat, ejerce la acusación particular en este caso. Ella solicita tres años y medio de prisión para Mónica Oltra y 12 años de inhabilitación para empleo o cargo público, petición que también hace Vox, que actúa como acusación popular.

Una mujer con gafas y cabello rizado es escoltada por un hombre mientras varios fotógrafos y camarógrafos la rodean en un entorno al aire libre.

El caso

El procesamiento tuvo lugar después de que la Audiencia decidiera aceptar parcialmente los recursos presentados por la víctima y las acusaciones populares. Recordemos que fueron Vox y la asociación Gobierna-te.

Esto al considerar que no se podía descartar de manera concluyente la posible comisión de un delito. También que existían indicios suficientes para procesar a los investigados.

El caso, que involucraba a Oltra y a otras 15 personas, fue archivado por el Juzgado de Instrucción en abril. Esto al no encontrar pruebas de delito ni indicios de un posible encubrimiento de los abusos. Esta decisión contó con el respaldo de la Fiscalía.

En mayo, la Audiencia sostuvo que existía una "hipótesis plausible" de que "las personas que tuvieron conocimiento de los hechos podrían haber intentado encubrirlos".

El tribunal concluyó que, en ese momento del proceso, no se podía descartar "de forma concluyente" la posible comisión de un delito.

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