Los pensionistas a los que Hacienda puede devolver hasta 4.000 euros
Esta cifra no es por todos igual, varía según la vida laboral de cada pensionista y el tiempo cotizado total
La declaración de la Renta siempre suele despertar dudas y cuestiones por parte de los contribuyentes. Algunos, de hecho, pueden solicitar a Hacienda una jugosa devolución si cumplen determinados requisitos.
Los pensionistas que cotizaron hasta 1978 en la Mutualidad Laboral de Banca deben prestar atención a esta campaña. La Agencia Tributaria reconoce haberles cobrado más en la tributación del IRPF.
Es decir, Hacienda les debe hasta 4.000 euros según el caso. Esta cifra cambia de acuerdo con la vida laboral de cada pensionista, así como según el tiempo cotizado a esta mutualidad en su momento.
La sentencia del Tribunal Supremo es clara
Esta decisión se ha hecho patente a partir de una sentencia otorgada por el Tribunal Supremo. En la misma, se reconoce que los ahora pensionistas que en su momento cotizaron en la Mutualidad Laboral de Banca contaban con un derecho clave.
Se trata de la reducción fiscal del 100% por aquello cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966. Así como de un 35% por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Derecho que no se aplicó bien.
Asimismo, la misma sentencia induce a pensar que el Estado también podría haber contraído deuda, por cobro indebido, con los trabajadores que, en esas mismas fechas, cotizaron a otras mutualidades profesionales.
Es el caso de la construcción, las eléctricas, la pesca, la siderometalurgia o los astilleros, entre otros.
Cómo se le puede reclamar este dinero a Hacienda
En el caso de que el contribuyente entre dentro de este grupo y quiera obtener su dinero por parte de la Agencia Tributaria, lo que debe hacer es una rectificación de la autoliquidación del IRPF.
Esta se hará por los años no prescritos. Es decir, los últimos cuatro ejercicios. Además, cabe destacar que, en el caso de que los beneficiarios hayan fallecido, los herederos cuentan con el derecho a reclamar a Hacienda la cantidad que corresponda en su caso.
Además, los jubilados que tengan que hacer la declaración de la Renta pueden ver reflejada esta devolución en el borrador. Será como una regularización de los datos fiscales bajo el concepto ‘Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF’. En el caso de que esto no figure, se puede incluir a mano.
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