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La nueva vida del Pequeño Nicolás

La nueva vida del Pequeño Nicolás
El Pequeño Nicolás en el Teatro Kapital
por Gonzalo Pinilla
22 de mayo de 2024 a las 17:39
actualidad

El Supremo lo cataloga como un hecho que ocurrió una sola vez, no dándose así una pluralidad

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El Pequeño Nicolás tiene respuestas. El Tribunal Supremo ha llegado a la conclusión de absolver a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, más conocido como el Pequeño Nicolás. Ha tomado esta decisión después de darse a conocer los delitos de usurpación de funciones y cohecho por los que fue acusado.

Debido a esto, el joven fue condenado a tres años de cárcel por la Audiencia Provincial de Madrid. ¿La razón? por presuntamente hacerse pasar por un enlace entre el Gobierno y la Casa Real durante un viaje a Ribadeo en 2014.

El Supremo asegura que en ningún momento se produjo el delito de usurpación de funciones públicas. Esto es debido a que, según el organismo, solamente realizó esta conducta en una sola ocasión.

El Pequeño Nicolás
El Pequeño Nicolás

Fue durante una comida con un empresario. Allí, se hizo pasar por un alto cargo del Gobierno.

Debido a que se trató de una ocasión, la sentencia dice que los hechos "carecían de la nota de pluralidad que demanda el artículo 402 del Código Penal".

Además, aquella comida "no consta tuviera un propósito o contenido político, económico o de cualquier otro tipo vinculado con la actividad política", según el Supremo.

Durante el juicio, el empresario que fue al restaurante, el otro comensal, así lo afirmó. La resolución sobre su testimonio recuerda que manifestó que asistió a la cena porque antes le habían presentado al acusado como amigo de su hijo y le pareció descortés no acudir a la invitación.

Por otro lado, dejó claro que en ningún momento de la comida se trató ningún asunto vinculado al cargo que Gómez Iglesias decía que poseía. "Se trataba de una comida sin contenido político o económico que no encaja en el concepto de acto oficial y se decía ostentar un cargo inexistente", aseguró.

Teniendo esto en cuenta, el delito de usurpación de funciones públicas queda desestimado.

 


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