
Giro de 180 grados de Hacienda sobre la Renta: estos españoles se libran de hacerlo
Novedad importante en la Declaración de la Renta 2025: todos estos ciudadanos no tendrán que presentarla
La Agencia Tributaria ha anunciado importantes cambios para la Declaración de la Renta 2025. Estas modificaciones permitirán que más ciudadanos queden exentos de presentarla, especialmente aquellos con ingresos anuales inferiores a 22.000 euros.
Aviso importante de Hacienda: no tienen que hacer la Declaración de la Renta
Tradicionalmente, los contribuyentes con un solo pagador e ingresos inferiores a 22.000 euros anuales no estaban obligados a declarar. Sin embargo, si tenían más de un pagador y el segundo superaba los 1.500 euros, debían hacerlo.

Para la Campaña de la Renta 2025, este límite se ha incrementado a 2.500 euros. Esto significa que aquellos con más de un pagador, cuyos ingresos del segundo y restantes no excedan los 2.500 euros, estarán exentos si sus ingresos totales no superan los 22.000 euros.
Otros grupos que no están obligados a presentar la Renta 2025
Además de los anteriormente mencionados, existen colectivos que, por su situación particular, quedan exentos de presentar la Declaración de la Renta. Por ejemplo, las víctimas del terrorismo no están obligados a declarar.
- Personas afectadas por el VIH: Los beneficiarios de ayudas por esta condición también están exentos.
- Beneficiarios de anualidades por alimentos: Aquellos que reciben estas anualidades según decisiones judiciales no tienen la obligación de declarar.
- Premiados en ámbitos destacados: Personas que han recibido premios artísticos, literarios o científicos de relevancia, como el Premio Príncipe de Asturias, están exentas.
- Deportistas de alto nivel: Aquellos que reciben ayudas económicas relacionadas con programas del Consejo Superior de Deportes no están obligados a presentar la declaración.
Novedades en la Campaña de la Renta 2025
La Campaña de la Renta 2025 trae consigo varias novedades que buscan facilitar el proceso y adaptarse a las necesidades actuales de los contribuyentes. Se ha ampliado la variedad de métodos para abonar la declaración. Permitiendo el uso de tarjeta de crédito y Bizum, además de los ya existentes como el pago electrónico y la domiciliación.

Una modificación significativa es que los desempleados que reciben prestaciones deberán presentar la declaración, independientemente de sus ingresos. Esta medida busca un mayor control y transparencia en la percepción de estas ayudas.
Además de la presentación telemática, los contribuyentes podrán realizar la declaración a través de una llamada telefónica a partir del 6 de mayo. Solicitando cita previa desde el 29 de abril, y de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Por primera vez, los pagos con tarjeta que superen los 25.000 euros anuales serán controlados fiscalmente. Las entidades bancarias deberán declarar estas operaciones a Hacienda, aumentando así la vigilancia sobre movimientos financieros significativos.
Estas novedades reflejan el compromiso de la Agencia Tributaria por adaptarse a las circunstancias actuales y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los ciudadanos. Es esencial que los contribuyentes se mantengan informados y consulten fuentes oficiales o profesionales especializados para garantizar una correcta presentación de la Renta.
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