Un marroquí escapó de un centro de menas y violó a una menor de edad en un callejón
El marroquí, menor de edad, ha sido condenado a tres años y medio de internamiento en un centro cerrado
Un marroquí, menor de edad, ha sido condenado a tres años y medio de internamiento en un centro cerrado por la agresión sexual de una menor en Lugo. Además, deberá indemnizar a la víctima con 20.249 euros.
La sentencia también responsabiliza a la Xunta de Galicia de cubrir esta indemnización como responsable civil solidaria. Esto, ya que el joven, de origen marroquí, estaba bajo su tutela en un centro de protección para menores extranjeros no acompañados (MENA) en el momento de los hechos.
El ataque ocurrió en la madrugada del 15 de agosto de 2023. La víctima y una amiga estaban consumiendo alcohol fuera de un bar cuando fueron abordadas por el condenado. Un magrebí de 17 años, y otro joven mayor de edad.
Los dos las convencieron para dirigirse a un parque cercano. Durante el trayecto, el agresor se quedó a solas con la víctima en un callejón. Estando allí, según el fallo judicial, "guiado por el ánimo de satisfacer su deseo sexual", le quitó la ropa interior y la violó, ignorando los gritos de la menor.
La víctima fue trasladada al Hospital Universitario Lucus Augusti (HULA), donde los forenses confirmaron que presentaba lesiones compatibles con una agresión sexual. Estas incluían arañazos en las piernas y erosiones en las rodillas con restos de tierra. Además, se detectó alcohol en su sangre, lo que, según el informe médico, redujo sus capacidades físicas y mentales durante el ataque.
El Juzgado de Menores de Lugo ha condenado al agresor a tres años y medio de internamiento en un centro cerrado. También le ha impuesto una medida de libertad vigilada durante dos años.
También, deberá participar en programas educativos sobre igualdad y sexualidad. La indemnización establecida incluye 20.000 euros por daños morales y 249 euros por las lesiones físicas.
La defensa del menor recurrió la sentencia, alegando que la indemnización era excesiva, mientras que el abogado de la Xunta cuestionó la responsabilidad civil de la administración. Esto, argumentando que el joven había ingresado en el sistema de protección tras entrar de manera irregular en España. Sin embargo, la Audiencia Provincial rechazó ambos recursos y confirmó el fallo inicial.
El tribunal subrayó que la situación irregular del menor no exime a la administración de su deber de protección. La sentencia concluyó que:
La estancia irregular no implica un nivel de tutela inferior, y la Xunta de Galicia asumió la responsabilidad de su control y vigilancia, que no se ejerció de manera adecuada.
Desde su ingreso en régimen cerrado, el menor ha mostrado un comportamiento respetuoso. Está cursando la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y participa en talleres prelaborales, según informaron las autoridades responsables de su internamiento.
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