![Un hombre con traje y corbata está sentado frente a una mesa llena de micrófonos de diferentes medios de comunicación durante una conferencia de prensa.](https://edatv.news/filesedc/uploads/image/post/whatsapp-image-2025-02-05-at-133610_1200_800.webp)
DP Abogados reacciona a la decisión del Supremo sobre los contratos revolving
Xaime da Pena está disponible para ofrecer explicaciones a los medios de comunicación sobre el tema
El Tribunal Supremo ha establecido los criterios para determinar cuándo una tarjeta revolving puede considerarse abusiva debido a la falta de transparencia. La Sala de lo Civil del alto tribunal ha orientado a los tribunales y juzgados españoles sobre cómo evaluar si un contrato de este tipo debe ser anulado, incluso si ha superado previamente el test de usura.
En estas resoluciones, el alto tribunal examina por primera vez la falta de transparencia y el carácter abusivo de la cláusula que establece el interés en los contratos de tarjetas de crédito, analizando este aspecto junto a las cláusulas que regulan el sistema de amortización revolving.
El despacho dP Abogados, especializado en derecho al consumo, ha estado luchando durante años contra estos productos financieros. Su director, Xaime da Pena, está disponible para ofrecer explicaciones a los medios de comunicación sobre el tema y sobre cómo los consumidores pueden reclamar la nulidad de estos contratos sin riesgo alguno. El despacho ha estado reclamando la nulidad de miles de productos debido a los altos intereses y comisiones asociados.
![Un hombre en traje hablando en una conferencia de prensa con varios micrófonos frente a él. Un hombre en traje hablando en una conferencia de prensa con varios micrófonos frente a él.](/filesedc/uploads/image/post/europapress-5768388-responsable-juridico-plataforma-6-f-xaime-da-pena-gutierrez-rueda-prensa_1200_800.webp)
Estas tarjetas son líneas de crédito con un interés muy alto que se renuevan automáticamente, lo que dificulta la amortización de la deuda principal. Ahora, el Tribunal Supremo ha decidido que los contratos revolving pueden ser abusivos cuando no son claros y transparentes, especialmente en lo relativo al tipo de interés y cómo afecta al consumidor. Un aspecto clave es la falta de transparencia en la información sobre los intereses aplicados y la complejidad para que el consumidor entienda el coste real del crédito.
La Sala de lo Civil añade que antes de firmar el contrato, el consumidor debe recibir información clara y comprensible sobre cómo funciona el sistema de recomposición del capital y su impacto en el cálculo de los intereses y la amortización del crédito utilizado, sobre todo cuando aumente el riesgo de forma significativa.
Es necesario informar de la relación entre la alta Tasa Anual Equivalente (TAE), el mecanismo de recomposición del capital y otras cláusulas que puedan incrementar los riesgos, de modo que el consumidor pueda evaluar, con criterios claros, las consecuencias económicas que podría enfrentar. La información debe ser accesible y permitir al consumidor entender el producto y los riesgos que conlleva, como la duración indefinida o renovable automáticamente, la alta tasa de interés, la constante recomposición del crédito, las limitaciones en la amortización del capital si las cuotas son bajas y el anatocismo. Además, esta información debe permitir comparaciones claras entre diferentes ofertas, detallando las características, costos y riesgos de las tres modalidades de financiación que generalmente se ofrecen, aunque en muchos casos la modalidad revolving sea la predeterminada.
Esto podría causar un desequilibrio significativo para el consumidor, contraviniendo los principios de buena fe, ya que, al desconocer los riesgos asociados a este sistema de amortización, el consumidor no podría comparar esta oferta con otras opciones, quedando atrapado en un contrato que podría tener consecuencias graves, como lo denomina el Tribunal: un “deudor cautivo”. Este fenómeno también es conocido por el Banco de España como el “efecto bola de nieve”.
Dada la posibilidad de caer en una deuda perpetua, es crucial que el consumidor reciba información clara sobre estos riesgos de manera oportuna.
El Tribunal Supremo ha establecido que los bancos y las entidades financieras deben proporcionar a los clientes información detallada sobre que se trata de un sistema de financiación revolving, el tipo de interés aplicable, la cuota mensual a pagar (con ejemplos si es necesario) y la duración del contrato. Además, deberán explicar que si el consumidor opta por pagar una cuota baja, extendiendo así el tiempo de amortización del préstamo, los intereses aumentarán.
Estas sentencias abren la puerta a la anulación de las tarjetas revolving por falta de transparencia, lo que podría dar lugar a un aumento en las demandas de consumidores que buscan la nulidad de estos contratos y, en consecuencia, la devolución de lo pagado en exceso.
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