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El decretazo de Pedro Sánchez abre la puerta a perdonar delitos a inmigrantes “por necesidad”

El decretazo de Pedro Sánchez abre la puerta a perdonar delitos a inmigrantes “por necesidad”
porMacarena Martínez Guerrero-Laverat
politica

Desde Moncloa se ha insistido en combatir lo que denomina “bulos”, una estrategia que ya se ha convertido en seña de identidad del actual Gobierno

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El último movimiento del Gobierno de Pedro Sánchez en materia migratoria ha vuelto a encender el debate público. Bajo la promesa de ordenar y dar seguridad jurídica a miles de personas en situación irregular, el Ejecutivo ha impulsado una regularización extraordinaria que, lejos de despejar dudas, ha abierto nuevas preguntas. Y no son precisamente menores.

Desde Moncloa se ha insistido en combatir lo que denomina “bulos”, una estrategia que ya se ha convertido en seña de identidad del actual Gobierno. Sin embargo, en esta ocasión la ofensiva comunicativa parece haber ido por delante de las explicaciones. Porque más allá del ruido en redes sociales, lo que preocupa es la letra pequeña de las decisiones adoptadas.

El problema no es tanto lo que se dice, sino lo que no se aclara. En un asunto tan sensible como la inmigración y los antecedentes penales, cualquier ambigüedad pesa. Y en este caso, las hay. Especialmente cuando aparecen conceptos jurídicos abiertos a interpretación que podrían cambiar por completo el alcance real de la medida.

Un decreto con más dudas que respuestas

El conocido ya como ‘decretazo’ migratorio nació con vocación de solución, pero ha terminado generando incertidumbre. Una de las primeras alarmas saltó con la posibilidad de acreditar la ausencia de antecedentes penales mediante una simple declaración responsable, una fórmula que, aunque matizada después, dejó una sensación de ligereza difícil de ignorar.

No es una crítica cualquiera. El propio Consejo de Estado advirtió de los riesgos de aplicar este tipo de mecanismos en un proceso masivo. Habló de falta de rigor y de la posibilidad de prácticas poco fiables. Es decir, cuestionó directamente la solidez del sistema planteado por el Ejecutivo.

Pero hay más. En un documento vinculado al desarrollo del proceso aparece una referencia que ha pasado casi desapercibida, pero que resulta clave: la mención al “estado de necesidad”, una figura recogida en el Código Penal español. Sobre el papel puede parecer razonable, pero en la práctica introduce un terreno resbaladizo que el Gobierno no ha explicado.

Cuando la ambigüedad se convierte en problema

Aquí es donde surge la cuestión de fondo. Si determinados delitos pueden quedar amparados bajo el concepto de “necesidad”, ¿qué significa realmente eso? ¿Qué conductas entran dentro de ese supuesto? ¿Quién lo decide? Y, sobre todo, ¿con qué criterios?

El problema no es la existencia de esa figura jurídica, que ya está prevista en la ley, sino su aplicación en un proceso de estas dimensiones. Sin reglas claras, el margen de interpretación puede ser enorme. Y cuando eso ocurre, la inseguridad jurídica no desaparece: simplemente cambia de forma.

Desde una mirada crítica, da la impresión de que el Gobierno ha optado por una redacción lo suficientemente ambigua como para evitar comprometerse. Un equilibrio incómodo entre el mensaje político y la realidad jurídica. Porque mientras se insiste en que todo está controlado, las dudas siguen creciendo.

Al final, lo que queda es una sensación difícil de ignorar: la de un Ejecutivo más centrado en ganar el relato que en despejar las incógnitas. Y en un asunto tan delicado como este, esa diferencia no es menor.


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