La Audiencia Nacional ha vuelto a corregir al Gobierno vasco por su política penitenciaria con los presos de ETA. El juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, ha revocado el tercer grado concedido a Juan Antonio Olarra Guridi y Óscar Zelarain.
El magistrado ha estimado los recursos presentados por la Fiscalía contra las decisiones adoptadas por la Viceconsejería de Justicia del Ejecutivo autonómico. En ambos casos, concluye que la progresión penitenciaria resulta prematura y no cumple las exigencias establecidas por la ley.
Los autos reconocen ciertos avances en la evolución de los presos, pero consideran insuficiente el tiempo transcurrido para acreditar una reinserción consolidada. La gravedad de los delitos, la existencia de múltiples víctimas y la duración de las condenas obligan, según el juez, a extremar la prudencia.
La Audiencia Nacional corrige al Gobierno vasco y revoca el tercer grado a los etarras Olarra Guridi y Celarain
Olarra Guridi no saldrá de prisión hasta 2036
Juan Antonio Olarra Guridi cumple penas cuya acumulación alcanza los 30 años de cárcel y su licenciamiento definitivo no está previsto hasta 2036. El juez admite una evolución favorable, aunque advierte de que todavía se encuentra lejos del final de su condena.
La resolución sostiene que los procesos de desvinculación de ETA deben verificarse durante periodos prolongados. Especialmente cuando existen episodios de "violencia extrema" y una elevada lesividad, como sucede en el historial del antiguo miembro de la organización terrorista.
Olarra Guridi ha disfrutado de algunos permisos sin que se hayan registrado incidencias. Sin embargo, el magistrado considera que el número de salidas todavía es demasiado reducido para acreditar una experiencia estable en libertad y respaldar el acceso a un régimen de semilibertad.
La Audiencia Nacional corrige al Gobierno vasco y revoca el tercer grado a los etarras Olarra Guridi y Celarain
La progresión de Zelarain fue "prematura y precipitada"
En el caso de Óscar Zelarain, cuya condena finaliza en septiembre de 2032, el juez ha respaldado íntegramente la posición del Ministerio Público. La Fiscalía defendió que no había transcurrido tiempo suficiente para evaluar los efectos de su tratamiento penitenciario.
El preso había participado en salidas terapéuticas relacionadas con las víctimas y el daño causado por ETA. También había disfrutado de varios permisos sin incidentes, pero llevaba únicamente entre tres y cuatro meses acogido al artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.
Ese periodo, según el auto, no permite demostrar una evolución prolongada ni cambios consolidados. La Audiencia Nacional considera por ello que el tercer grado concedido por el Gobierno vasco fue "prematuro y precipitado".
La decisión supone un nuevo revés para el Ejecutivo autonómico, cuyas progresiones de grado a presos de ETA han sido recurridas repetidamente por la Fiscalía. En esta ocasión, la Justicia deja claro que la evolución favorable no basta por sí sola para abrir las puertas de la semilibertad.