Según Szpunar, los servicios jurídicos de la Eurocámara, así como su entonces presidente, Antonio Tajani, deberían haber permitido el acceso a la Cámara comunitaria a los dos eurodiputados de Junts.
Las conclusiones del abogado general contrastan con la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea, el tribunal de primera instancia, que determinó que el Parlamento Europeo actuó correctamente al "confiar en la lista de candidatos electos oficialmente comunicada por parte de las autoridades nacionales", la cual se elabora "de acuerdo con los resultados electorales declarados y después de la resolución por parte de estas autoridades de las objeciones que se hayan hecho según la legislación nacional".