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Si trabajaste en los 60 y los 70, la Agencia Tributaria tiene una gran noticia para ti

Si trabajaste en los 60 y los 70, la Agencia Tributaria tiene una gran noticia para ti
Muchos contribuyentes pueden estar de enhorabuena con esta noticia
porAdrià Regàs
actualidad

Una sentencia del Tribunal Supremo permite a muchos contribuyentes recuperar un dinero que ya había tributado

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Todos los trabajadores, ya sean asalariados o autónomos, cotizan a la Seguridad Social. Estos ingresos repercuten de forma directa en la pensión de jubilación, cuya cuantía dependerá del tiempo que se haya contribuido. 

En España, las personas podrán jubilarse a los 65 años en caso de haber cotizado 38 años o más. Si no es así, hay que esperar a los 66 años y 6 meses para poner fin a la vida laboral.

Sin embargo, en el siglo pasado la situación era distinta, y muchos trabajadores cotizaron a unas mutualidades laborales. La mayoría se extinguieron a partir de 1979, pero las personas que fueran mutualistas antes de 1967 están de enhorabuena. El Tribunal Supremo ha anunciado que la Agencia Tributaria devolverá las cotizaciones de IRPF no deducidas y no prescritas, que tienen una media aproximada de 3.000 euros por beneficiario.

¿A quién afecta esta devolución?

La sentencia 673/2024, de 19 de abril, dice que las prestaciones que correspondan a aportaciones a Mutualidades antes del 1 de enero de 1967 "no se integran en la base imponible del IRPF". Esto afecta a las pensiones de jubilación e invalidez, y significa que las cantidades pagadas en esa época están exentas de este tributo.

Por lo tanto, si de una pensión de 21.000 euros anuales, 2.000 euros se corresponden a ese periodo (se cobran gracias a las cotizaciones de esos años), no se incluyen en la base imponible del IRPF. Solo se debería tributar por los otros 19.000 euros.

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El fallo del Tribunal Supremo dicta la devolución de las cotizaciones no deducidas. La deducción es del 100% para las cuotas pagadas hasta diciembre de 1966, y del 25% para las que se abonaron hasta 1978. Sin embargo, los ejercicios fiscales prescriben a partir de los cuatro últimos años, por lo que la Agencia Tributaria reembolsará el dinero tributado en 2019, 2020, 2021 y 2022.

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Los jubilados verán este ajuste en el apartado de "Rendimientos del trabajo" de la declaración de la Renta, junto a su pensión. Este dinero se restará de la pensión declarada o se devolverá directamente, lo que reducirá la base del IRPF de este año.

Desde 1967 a 1978, la Seguridad Social y las mutualidades coexistieron. Los mutualistas no podían deducir el IRPF de sus cotizaciones y, por ende, pagaban más impuestos que los afiliados a la Administración. Para corregir esta diferencia, el Tribunal Supremo ha tomado esta decisión.

¿Cómo recuperar el dinero?

Para aquellos que quieran recuperar las cotizaciones pagadas entre 2019 y 2022, los contribuyentes deberán rellenar un formulario de la Agencia Tributaria. El dinero se devolverá cuando la persona en cuestión se identifique y facilite un número de cuenta donde recibir el dinero.


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