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El expresidente de la Generalitat y candidato de Junts a las elecciones catalanas, Carles Puigdemont, durante un acto de Junts
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El Supremo acorrala a Puigdemont y le cita a declarar como investigado por terrorismo

La juez ha cursado Orden Europea de Investigación en materia penal, a través de Eurojust


La magistrada de la Sala de lo Penal, Susana Polo, ha convocado a declarar como investigados a Carles Puigdemont, ex presidente de la Generalitat catalana y eurodiputado, y al diputado del Parlament catalán Rubén Wagensberg. Esto se enmarca en la causa abierta el pasado mes de febrero por delitos de terrorismo en el denominado caso Tsunami Democràtic.

Precisamente en el momento más crucial a las puertas de las elecciones catalanas y con la amnistía en su punto más caliente. Además con la amenaza del referéndum acechando.

Según el auto notificado este lunes, las declaraciones se llevarán a cabo mediante videoconferencia y los investigados deberán estar acompañados de abogado, una vez que se determine su paradero y domicilio. Para facilitar este proceso, la jueza ha emitido una Orden Europea de Investigación (OEI) y/o una Comisión Rogatoria Internacional en materia penal, a través de Eurojust.

En el caso de Puigdemont, se encuentra aforado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo debido a su condición de europarlamentario. Por esta misma razón, la magistrada Polo ha decidido ofrecerle la posibilidad de declarar de forma voluntaria por videoconferencia, según indican fuentes jurídicas.

La magistrada explica que esta citación se realiza conforme a lo expuesto y en cumplimiento del auto dictado por la Sala de Admisión el pasado 29 de febrero, cuando se acordó abrir causa penal contra los dos aforados (Puigdemont y Wagensberg) por delitos de terrorismo en relación con los hechos investigados en el caso 'Tsunami Democràtic’.

La fecha señalada que ha recogido el auto para llevar a cabo estas videoconferencias, se han fijado entre los días 17 y 21 de junio. Sin embargo, también se especifica que el día concreto se indicará con posterioridad, en un acuerdo común entre el estado requiriente y requerido, ambas partes.

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