El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una importante sentencia que afectará a los empleadores domésticos en España. A partir de esta decisión, los hogares que empleen a trabajadores del hogar deberán registrar las horas de trabajo de sus empleados. Esta medida está en línea con la normativa comunitaria y representa un cambio significativo para el sector doméstico en España.
Un cambio fundamental en la legislación española
El TJUE ha intervenido en un caso sobre el despido de una trabajadora del hogar. La corte consideró que la normativa española, que exime a los empleadores domésticos de registrar las horas de trabajo, es incompatible con la legislación de la Unión Europea. En el caso que motivó la sentencia, la trabajadora había reclamado el pago de sus días de vacaciones no disfrutados y las pagas extraordinarias. Sin embargo, no pudo demostrar las horas trabajadas ni su salario debido a la falta de registros.

La sentencia subraya que la legislación española, había permitido esta excepción para los trabajadores domésticos. Sin embargo, violaba la Directiva Europea sobre la organización del tiempo de trabajo.
El TJUE recordó que España ya había introducido la obligación de registrar las horas de trabajo tras una sentencia previa en 2019, pero no aplicó esta medida al sector doméstico. Ahora, el tribunal establece que esta exclusión no es válida.
Sanciones para los empleadores incumplidores
Como resultado de esta sentencia, los empleadores domésticos deberán adaptar sus prácticas laborales. Los hogares deberán implementar un sistema de registro de jornada para cumplir con las nuevas normativas. Quienes no lo hagan estarán expuestos a sanciones económicas. La Inspección de Trabajo podría imponer multas de hasta 7.500 euros, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.
Las multas se dividen en tres categorías, según la gravedad de la infracción:







