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La Audiencia de Gipuzkoa condena al profesor de Irún a 4 años y medio de cárcel por ‘child grooming’

La Audiencia de Gipuzkoa condena al profesor de Irún a 4 años y medio de cárcel por ‘child grooming’
porRafael Alejandro Escalona
sucesos

El tribunal destaca que la investigación se apoyó en pruebas digitales obtenidas de los teléfonos móviles de las menores

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La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado al profesor de Educación Secundaria Obligatoria de Irún a 4 años y 6 meses de prisión por dos delitos de acercamiento sexual a menores de 16 años a través de internet, conocidos como “child grooming”, y un delito de amenazas condicionales.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), también impone al acusado 20 días de localización permanente por un delito leve de acoso sexual y 4 años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena de prisión.

Según la resolución de la Sección Primera, el docente contactó durante el curso 2023-2024 con tres alumnas del centro educativo en el que trabajaba mediante una cuenta falsa en una red social. A través de este perfil, mantuvo conversaciones con contenido de carácter sexual e incluso llegó a proponer encuentros personales en dos de los casos, que no llegaron a materializarse.

El tribunal destaca que la investigación se apoyó en pruebas digitales obtenidas de los teléfonos móviles de las menores, así como en un testimonio “sólido y persistente” de las mismas y en declaraciones de profesionales del centro educativo.

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La Audiencia considera probado que el acusado buscaba la cercanía con las alumnas mediante un trato de aparente confianza, introduciendo comentarios de carácter sexual y propuestas de contacto físico. En la resolución se concluye que la conducta encaja en el delito de “child grooming” recogido en el artículo 183.1 del Código Penal.

El tribunal señala además que el profesor creó un perfil falso con el objetivo de aproximarse a las menores y que utilizó expresiones relacionadas con encuentros personales, además de referencias a su aspecto físico, con la finalidad de establecer un vínculo de confianza. Asimismo, la sentencia incluye la condena por un delito leve de acoso, tras solicitar a una de las menores información sobre su domicilio, lo que generó en la víctima una situación de temor y desasosiego. También se le condena por amenazas condicionales, después de que enviara un correo electrónico a alumnos del centro pidiendo eliminar conversaciones y capturas de pantalla, advirtiendo de posibles consecuencias legales si no lo hacían.

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El tribunal considera que este mensaje buscaba intimidar a las menores y evitar la difusión de las conversaciones mantenidas.

Por otro lado, la Audiencia de Gipuzkoa absuelve al acusado de otros delitos de los que estaba imputado, como la solicitud de favores sexuales a cambio de dinero y la difusión de contenido sexual explícito, al no haberse acreditado estos hechos durante el juicio.

La resolución judicial concluye que el conjunto de pruebas demuestra la existencia de una conducta orientada al acercamiento a menores con fines sexuales a través de medios digitales.


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