El Supremo levanta las medidas cautelares a Víctor de Aldama tras la sentencia firme del caso mascarillas
El Tribunal Supremo ha aclarado la situación procesal del empresario Víctor de Aldama
porRafael Alejandro Escalona
politica
Hasta ahora, el empresario tenía prohibido salir de España sin autorización judicial y estaba obligado a comparecer cada quince días ante el juzgado
El Tribunal Supremo ha aclarado la situación procesal del empresario Víctor de Aldama y ha confirmado que las medidas cautelares que pesaban sobre él han quedado automáticamente sin efecto tras la firmeza de la sentencia del denominado caso mascarillas. La resolución responde a la petición de su defensa, que solicitó conocer si seguían vigentes las restricciones personales que le fueron impuestas durante la investigación judicial.
De Aldama fue condenado a cuatro años y medio de prisión por los delitos de pertenencia a organización criminal y cohecho. No obstante, el alto tribunal acordó suspender su ingreso en prisión como reconocimiento a la colaboración prestada durante la investigación. Esa suspensión quedó condicionada a que no vuelva a delinquir y a que cumpla los trabajos en beneficio de la comunidad fijados en la resolución.
Hasta ahora, el empresario tenía prohibido salir de España sin autorización judicial y estaba obligado a comparecer cada quince días ante el juzgado. Estas medidas cautelares permanecían vigentes desde el 16 de diciembre de 2024, cuando fueron acordadas por el magistrado instructor del procedimiento, Leopoldo Puente. Sin embargo, el presidente del tribunal, el magistrado Andrés Martínez Arrieta, deja claro en una providencia que la sentencia ya ha sido inscrita en la base de datos del Sistema de Registros Administrativos de Apoyo a la Administración de Justicia (SIRAJ). Esa inscripción, explica la Sala, conlleva la cancelación automática de las medidas cautelares adoptadas respecto de los condenados.
El Tribunal Supremo ha aclarado la situación procesal del empresario Víctor de Aldama
El Tribunal Supremo subraya que, aunque todavía no se ha incoado formalmente la ejecutoria de la sentencia, ello no impide que la resolución despliegue todos sus efectos jurídicos. La Sala recuerda que la sentencia es firme y que, por tanto, la desaparición de las medidas cautelares es una consecuencia directa de esa circunstancia.
Los magistrados precisan que la falta de apertura de la ejecutoria responde a que aún están pendientes varias solicitudes de aclaración sobre el contenido del fallo, así como el incidente de nulidad presentado por las defensas de los otros dos condenados en esta causa: el exministro de Transportes José Luis Ábalos y quien fuera su asesor, Koldo García.
A juicio del alto tribunal, esas actuaciones pendientes no alteran la firmeza de la sentencia ni justifican mantener unas medidas cautelares que fueron adoptadas durante la fase de instrucción. Por ello, considera que las restricciones personales impuestas a Víctor de Aldama deben entenderse extinguidas desde el momento en que la sentencia adquirió firmeza.
La providencia no modifica el contenido de la condena impuesta al empresario ni las condiciones establecidas para la suspensión de la pena de prisión. De Aldama deberá seguir respetando los requisitos fijados por el Tribunal Supremo para conservar ese beneficio, entre ellos no cometer nuevos delitos y cumplir los trabajos en beneficio de la comunidad.