Hazte Oír se querella contra la hermana de Óscar Puente por prevaricación

Hazte Oír se querella contra la hermana de Óscar Puente por prevaricación
La querella sostiene que esa resolución administrativa modificó en la práctica los requisitos fijados por el legislador para acceder a la nacionalidad española
por Gonzalo Pinilla
1 de julio de 2026 a las 11:06
politica

La asociación Hazte Oír ha llevado ante los tribunales a Sofía Puente

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La asociación Hazte Oír ha llevado ante los tribunales a Sofía Puente, exdirectora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia y hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente. La organización le atribuye un presunto delito de prevaricación por la interpretación que realizó de la Ley de Memoria Democrática a través de una instrucción dictada en octubre de 2022.

La querella sostiene que esa resolución administrativa modificó en la práctica los requisitos fijados por el legislador para acceder a la nacionalidad española. En concreto, la entidad considera que la instrucción amplió el alcance de la Ley 20/2022 al equiparar automáticamente a determinados emigrantes con exiliados, pese a que el Parlamento descartó expresamente esa posibilidad durante la tramitación de la norma.

La organización le atribuye un presunto delito de prevaricación
La organización le atribuye un presunto delito de prevaricación

Según expone Hazte Oír, el Congreso rechazó varias enmiendas que buscaban extender el derecho a obtener la nacionalidad a todos los descendientes de emigrantes españoles, sin importar el motivo por el que sus familiares abandonaron el país. La redacción finalmente aprobada limitó ese reconocimiento a quienes pudieran acreditar que el exilio se produjo por razones políticas, ideológicas, religiosas o relacionadas con la orientación sexual.

Sin embargo, la asociación afirma que la instrucción firmada por Sofía Puente el 25 de octubre de 2022 alteró ese criterio al considerar exiliados, de forma automática, a todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. A su juicio, esa decisión eliminó la necesidad de demostrar que la marcha del país respondió a alguno de los supuestos contemplados por la ley.

A su juicio, esa decisión eliminó la necesidad de demostrar que la marcha del país respondió a alguno de los supuestos contemplados por la ley
A su juicio, esa decisión eliminó la necesidad de demostrar que la marcha del país respondió a alguno de los supuestos contemplados por la ley

Para los querellantes, la diferencia entre la norma y la instrucción resulta determinante. Mientras la Ley de Memoria Democrática exige acreditar las circunstancias que justifican el acceso a la nacionalidad, la resolución administrativa sustituyó ese requisito por un criterio exclusivamente temporal, basado en la fecha de salida del territorio español.

Hazte Oír sostiene que esa interpretación supone una alteración del contenido de la ley y no una simple aclaración de su alcance. En la querella afirma que la instrucción "reescribe" el texto aprobado por las Cortes mediante una interpretación que, según defiende, modifica el sentido de la norma de manera deliberada.

La organización también asegura que esa actuación tuvo consecuencias directas en la aplicación de la Ley de Memoria Democrática. Según denuncia, los registros civiles consulares españoles concedieron cientos de miles de nacionalidades a descendientes de emigrantes que, en su opinión, no acreditaron de forma individual haber sufrido un exilio por las causas previstas en la legislación, lo que considera un supuesto de fraude de ley.


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