Este es el dineral que se ahorró el hermano de Sánchez gracias a su padre
La donación fue realizada por su padre, Pedro Sánchez Fernández, en enero del año pasado
El hermano de Sánchez cada vez posee más y más irregularidades. David Sánchez Pérez-Castejón logró ahorrar 39.729 euros al optar por tributar en la Comunidad de Madrid la donación de 240.000 euros. Dicha donación fue realizada por su padre, Pedro Sánchez Fernández, en enero del año pasado.
Según The Objective, al completar el formulario 651 de la Agencia Tributaria, eligió que se le aplicara la normativa fiscal de Madrid. Esto en lugar de la estatal. Esta decisión fue significativa, ya que si hubiera optado por la normativa estatal, habría tenido que pagar 40.130 euros a Hacienda por dicha donación.
El 25 de enero de 2023, aunque la obligación tributaria se generó tres días después, el hermano de Pedro Sánchez presentó su declaración como sujeto pasivo ante la Agencia Tributaria. Según el medio citado anteriormente, en esa fecha David Sánchez ya residía fiscalmente en Portugal.
Poco después, utilizó el dinero que le entregó su padre para adquirir una vivienda en la localidad de Elvas. Esto lo detalló en su declaración de bienes presentada ante la Diputación de Badajoz.
El hecho de que el hermano de Sánchez no residiera en España hizo que el ingreso tuviera que ser declarado ante la Agencia Tributaria. Esto en lugar de hacerlo ante la dirección de tributos de la comunidad autónoma correspondiente.
En este caso, no es el donante, que tiene su residencia fiscal en Madrid, quien debe realizar la declaración a Hacienda, sino el receptor de la donación, David Sánchez Pérez-Castejón.
En España, la Disposición Adicional Segunda, 1, de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, establece lo siguiente. Que los contribuyentes no residentes, como el hermano de Sánchez, quien residía fiscalmente en Portugal desde 2022, tienen derecho a aplicar la normativa de la Comunidad Autónoma correspondiente. Esto en casos de adquisición de bienes muebles situados en España mediante donación u otro acto jurídico gratuito e 'inter vivos'.
Esta normativa se aplica en función de la comunidad donde los bienes hayan estado ubicados durante la mayor parte de los cinco años previos al devengo del impuesto.
Tal y como señala el medio citado, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de septiembre de 2014 respalda estas opciones. Se basa en el principio de libre circulación de capitales para permitir la elección del régimen fiscal al declarar el impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Gracias a esta elección, el hermano de Sánchez habría sido capaz de ahorrarse un total de 29.000 euros, según señala The Objective.
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